Historia del ciclomotor
El origen del ciclomotor es sueco y el nombre proviene del acrónimo de motor y pedal, pues originalmente combinaba el uso de pedales al uso del motor eléctrico, para asistir el motor y funcionar como especie de dinámo. Posteriormente se fabricaron para ser impulsados a gasolina, incorporando un motor auxiliar en la parte superior delantera, o un rodillo de accionamiento.
Dejaron de tener pedales en la década de los 90s, debido a las mejoras en las transmisiones, embragues y rendimiento, aunque conservan el nombre originario.
Actualmente también se les llama ciclomotores a las bicicletas con motores auxiliares, bicicletas asistidas, o motorizadas. Incluso se les denominan variaciones de las mismas a los vehículos de tres ruedas y los microcoches; como es el caso de Bélgica donde son clasificadas como cuatriciclos ligeros.
Normas básicas para conducción de ciclomotores
Además de llevar documentos de circulación, ha de seguirse las normas de seguridad vial.
1. Al conducir el ciclomotor está prohibido el uso de auriculares, ni cascos con conexiones similares para teléfono móviles o equipos de música.
2. Están prohibidas las competencias de velocidad en vía pública, sin permisos previos.
3. Llevar casco.
4. Prohibida la circulación con altas emisiones de gases por el escape libre, o efectuarle modificaciones que emitan ruidos.
5. El retrovisor izquierdo es obligatorio, y el derecho opcional.
6. Para transportar un remolque se deben cumplir las siguientes condiciones:
a. El peso del mismo no debe superar la mitad del ciclomotor.
b. La circulación deberá hacerse de día.
c. Una reducción de velocidad en el 10%.
d. No remolcar personas.
7. No hacerle modificaciones como añadiduras de luces además de las originales.
8. El pasajero del ciclomotor debe ser mayor de 12 años, ir detrás del conductor apoyándose en los reposapiés laterales.
9. Los pasajeros con edad mínima a los 7 años, deben ir con casco y en compañía de algún padre o responsable.
Seguros del ciclomotor
• Debe tener el Seguro Obligatorio de circulación, aunque en el Reglamento General de Vehículos los excluya como vehículos de motor. Sin embargo, el Código Penal considera que sebe estar asegurado para efectos de responsabilidad civil.
• Es posible sufrir una retención vehicular de no poseerlo, además de pagar las multas que oscilan de 601 a 3.005 euros.
• El Seguro de Responsabilidad Civil cubre los daños a terceros. Cuando el conductor ocasione el accidente, pero si no cuenta con ninguna cobertura adicional, entonces no cubre gastos del vehículo ni del conductor.
Son distintas a las motos en cuanto a la mecánica y la conducción, por lo que sus coberturas son distintas. Incluso las aptitudes y destrezas prácticas en su conducción son diferentes.
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